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MVE y reforma de la Ley aduanera: los principales aprendizajes de nuestros webinars

El cierre de 2025 y el arranque de 2026 traen consigo novedades legislativas en México. Algunas de ellas afectan directamente a las operaciones de importación y exportación de mercancías, y su cumplimiento es imprescindible para evitar sanciones graves, tanto económicas como penales.

Para ayudar a nuestros clientes y partners a evitar este tipo de problemas, en las últimas semanas hemos llevado a cabo dos webinars diferentes, en los que repasamos las modificaciones de la Ley aduanera y la Manifestación de Valor Electrónica (MVE).

A continuación, recopilamos los puntos clave que hemos tratado en estas sesiones informativas.

¿Qué es la MVE?

La Manifestación de Valor Electrónica es un documento que refleja el valor de las mercancías que van a entrar al país. Obligatoria desde el 9 de diciembre, es un paso más en la digitalización de los trámites aduanales en México. 

La MVE debe presentarse cada vez que se realiza una importación. Es fundamental presentarla antes de llevar a cabo la operación, ya que el documento se vincula con el acuse de valor y el número del pedimento.

Este envío se realiza a través de VUCEM (ventanilla digital). Para facilitar su transmisión, las autoridades responsables han generado un acceso web service a este servicio.

¿Quiénes deben presentar la MVE?

Todas las empresas importadoras están obligadas a realizar este trámite, aunque existen algunas excepciones. Los casos en los que no es necesario son los siguientes:

  • Las empresas registradas como Operador Económico Autorizado (OEA) o Socio Comercial Certificado (SCC).
  • Las empresas importadoras de la industria automotriz con autorización para el establecimiento de depósito fiscal. 
  • Los retornos de exportaciones que se ajusten a determinados criterios.
  • Las importaciones temporales del Programa IMMEX.

Pese a que estos escenarios están exentos, en ocasiones, la autoridad aduanera puede solicitar que se presente igualmente.

¿Cuál es el procedimiento para presentar el documento?

La manifestación de valor debe presentarse ante las autoridades teniendo en cuenta los siguientes puntos:

  1. La MVE se tramita cumplimentando el formato E2 a través de la ventanilla digital o VUCEM. También se deben adjuntar documentos relacionados con la operación, como el contrato o el seguro.
  2. El importador podrá incluir en su solicitud a agentes o agencias aduanales con autorización para consultar y descargar la documentación relacionada con la MVE. Para esto, solo es necesario indicar la clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de estas personas.
  3. En caso de no señalar a un agente o agencia aduanal como persona autorizada para la consulta de la manifestación, se deberá entregar el documento digital al agente aduanal que haya realizado el despacho aduanero de la operación comercial.
  4. En el pedimento debe declararse el e-document que corresponda.
  5. La MVE y sus anexos deberán conservarse en formato digital durante el periodo de tiempo fijado en el Código Fiscal de la Federación, dependiendo de cada caso.
  6. Si la información o la documentación declaradas está incompleta o incluye datos inexactos, será necesario generar un nuevo formato en la ventanilla digital. Además, deberá adjuntarse el formato D9, Formulario múltiple de pago para comercio exterior. 
  7. Cuando esta corrección afecte al valor declarado en el pedimento, la ratificación tendrá que ajustarse a la regla 6.1.1.

¿Qué cambios se han implementado en la Ley aduanera?

La reforma de la Ley aduanera de cara a 2026 ha sido el pilar central de nuestro segundo webinar. Esta norma ha recibido numerosas modificaciones que pueden agruparse en tres categorías:

  • Nuevas responsabilidades.
  • Ajustes en las responsabilidades ya existentes.
  • Sanciones y multas más altas, pudiendo llegar a la suspensión del padrón de importador.

El objetivo de estas novedades es evitar la omisión de impuestos, garantizar que las importaciones y los ingresos económicos queden registrados y evitar que se usen recursos de procedencia ilícita en las compras internacionales.

Para lograr esto, además de endurecer las sanciones y ser más exigentes con las actuaciones de los importadores, se está avanzando hacia un escenario de interoperabilidad tecnológica entre las autoridades aduaneras. Con una mayor digitalización, se espera conseguir una trazabilidad más estricta y un control más directo que permitan detectar fácilmente las irregularidades.

Es fundamental que tanto las empresas como sus agentes aduanales y representantes legales estén al día de las nuevas exigencias que se presentan ante ellos. No hacerlo puede derivar en multas cuantiosas, la suspensión del padrones de importación e incluso consecuencias penales. 

En Mimpo Global Logistics, contamos con una larga trayectoria y una sólida estructura como agencia aduanal en México. Si tienes dudas sobre los nuevos trámites y obligaciones legales que afectan a tu actividad, contacta con nosotros. Nuestros expertos en aduanas te asesorarán.

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